Los vacíos del proyecto de Ley Estatuaria en Educación ponen en riesgo el futuro de la educación en Colombia

El Senado de la República inició el debate del proyecto de Ley Estatutaria de Educación 224 del año 2023, presentado por el Gobierno Nacional. La Asociación Colombiana de Universidades ASCUN, consciente de la importancia de un proyecto de esta naturaleza para el país y el futuro de la educación de los colombianos, ha estado comprometida en el estudio de las diferentes etapas del proyecto y en la generación de propuestas que permitan que la ley que se apruebe sea el garante del derecho a la educación y establezca los mecanismos de protección para todos los colombianos y durante toda la vida, tal como es su propósito.

A pesar de haber llevado a cabo algunas audiencias públicas y conversaciones con ciertos actores del sector, nos preocupa que el proceso de escucha no fue efectivo durante los debates en la Cámara. Aunque se proporcionaron algunos espacios para la participación, las propuestas y preocupaciones del sector no fueron tomadas en cuenta en el proyecto, lo que indica que el ejercicio de participación ciudadana no fue genuino.

Ponemos a consideración del Legislativo, el Gobierno Nacional y la opinión pública 8 aspectos del PLEE que consideramos que el Senado debe revisar urgentemente en los siguientes debates, para que esta ley responda a las expectativas de la sociedad, de los sectores económicos y productivos, de los jóvenes y niños y de todos los colombianos que estamos esperando un instrumento de transformación de la educación del país.

1. El artículo 2° define la educación como bien común, abriendo paso a posteriores interpretaciones nocivas del papel del Estado y de los gobiernos. Además, esta definición desconoce lo previsto en el art. 67 de la Constitución.

2. Limitar el alcance del proyecto de ley solo a la educación formal es regresivo, porque excluye todas las demás vías de educación y formación que el país ha creado desde hace más de 18 años, como son la educación para el trabajo y las cualificaciones, entre otras.

3. El artículo 4° no reconoce explícitamente que nuestro sistema educativo es mixto, no basta con mencionar a las instituciones estatales y no estatales (privadas) como parte de un sistema.

Además, dejar toda la carga de la educación sólo a las instituciones estatales puede terminar desbordándolas, haciendo que se pierdan las capacidades que se han construido en Colombia y, finalmente, no poder garantizar el derecho.

4. Es muy preocupante que se privilegie el acceso a la educación frente a la calidad de la misma.

El PLEE plantea la calidad como un principio orientador y muy débilmente dentro del núcleo esencial del derecho. Que los estudiantes ingresen a instituciones que no les puedan asegurar calidad significa que no hay una garantía real, porque sólo se les está cumpliendo parcialmente su derecho a la educación.

5. En los artículos 5 (literal s) y 12 (literal o), aunque se tiene la intención de fortalecer la democracia, lo que plantea el PLEE es restringir los procesos de participación democrática y debilitar la autonomía universitaria, al prohibir la democracia representativa en las comunidades académicas, con el riesgo de permitir la interferencia de los poderes políticos en la gobernanza de las IES.

6. Se plantea la eliminación del mérito en el sistema educativo, por lo que se requiere reconocer, para el caso de la educación superior y teniendo en cuenta sus características particulares, un equilibrio entre meritocracia y acciones afirmativas.

7. El PLEE carece de estudios del impacto fiscal que implica la progresividad de su aplicación. Afirmar que el proyecto de ley no requiere análisis de impacto fiscal “dado que no ordena un gasto adicional”, refleja la inquietud del sector educativo sobre la falta de novedad en la iniciativa.

8. El PLEE establece la gratuidad total en las instituciones estatales, sin saber cómo se va a garantizar la sostenibilidad y la calidad en estas y además excluyendo a las instituciones privadas de cualquier consideración. Promueve además la financiación de la oferta, en lugar de una financiación integral de oferta y demanda, lo que podría dejar fuera a más de un millón de estudiantes que optan por la educación no estatal.

La ponencia que está siendo debatida en el Senado necesita una revisión exhaustiva, tanto en términos de pertinencia y viabilidad, como de constitucionalidad, para justificar la necesidad de una Ley Estatutaria de Educación. Esta ley debe ser precisa en sus conceptos y no debe abarcar principalmente asuntos que podrían ser regulados por leyes ordinarias, ya que esto podría limitar el desarrollo futuro del sector educativo al volverlo inflexible.

Correr el riesgo de desestabilizar al país por promesas incumplidas es demasiado alto, por lo que consideramos fundamental abordar estos aspectos y nos disponemos desde ASCUN para seguir apoyando este proceso.

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